sábado, 26 de enero de 2013

Comienzan las sentencias sobre el "robo" de la paga extra

Estimados compañeros y compañeras,
En los enlaces siguientes podéis conocer detalles sobre sobre la primera sentencia favorable sobre la paga extraordinaria.

La justicia reconoce a los trabajadores de la ICM el derecho a la parte devengada de la extra de Navidad

El TSJM obliga a Madrid a pagar a funcionarios de un organismo parte de la extra

La Justicia condena a Madrid a devolver parte de la extra suprimida a los funcionarios

Esto es sólo el principio; seguramente tendremos más noticias a lo largo de las próximas semanas. Y recordad, al final, de esta lucha de unos, se benficiarán todos.
Seguiremos informando.
Salu2, compañer@s.

lunes, 14 de enero de 2013

Los sindicatos recurrirán esta semana la supresión de la extra de diciembre

Estimados compañeros y compañeras,
Ya fue anunciado en su momento; se llevaría a los tribunales la decisión del Gobierno de Mariano Rajoy de recortar la paga extra de Navidad.
La plataforma de sindicatos del sector público, integrada por CCOO, UGT, CSIF junto a una  treintena de organizaciones sectoriales, está decidida a agotar todas las vías legales de reclamación para que se haga efectiva la restitución de un "derecho salarial consolidado".

La plataforma iniciará esta nueva vía de reclamación general con la interposición de recursos previos a la vía contencioso administrativa para el personal de la Administración General del Estado (AGE), Correos, Sanidad y Educación a nivel estatal. Una semana más tarde, se iniciarán los procesos para el personal dependiente de Comunidades Autónomas y ayuntamientos. En el caso del personal laboral, se presentará, ante la Audiencia Nacional, una demanda conjunta de conflicto colectivo al regirse aquéllos por el Estatuto de los Trabajadores.

En las alegaciones se expone que la supresión de la paga extra de Navidad supone "una quiebra total y absoluta de los principios de irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales y de seguridad jurídica proclamados en el art. 9.3 de la Constitución, así como del principio de confianza legítima".

El pasado octubre, la plataforma se reunió con la Defensora del Pueblo para solicitar que interpusiera un recurso de inconstitucionalidad a la eliminación de este derecho. La interposición del recurso fue rechazada, aunque la defensora del pueblo dictó una serie de recomendaciones destinadas a amortiguar el impacto del perjuicio. Entre ellas, que la supresión de la paga extra de Navidad de los funcionarios no fuera total y que comenzara a aplicarse en el momento de la publicación del Real Decreto Ley 20/2012 del 15 de julio, considerando que una parte de la paga suprimida correspondería a un trabajo ya realizado; y que se concretara la forma en que se compensaría a los funcionarios por las cantidades suprimidas (reingreso en un plan de pensiones a partir de 2015) puesto que no todos los empleados públicos disfrutan de planes de pensiones o contratos de seguro colectivo.
(Noticia recogida en Publico.es)

jueves, 10 de enero de 2013

La Secretaría de Estado de AAPP rechaza las recomendaciones de la Defensora del Pueblo sobre la paga extra de diciembre

En el mes de octubre del pasado año, la Defensora del Pueblo formuló dos recomendaciones para que las empleadas y empleados públicos percibieran, al menos, la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 correspondiente al período comprendido entre el inicio de su devengo hasta el 15 de julio.

Asimismo, se recomendó la concreción del destino de las cantidades correspondientes a la supresión de la paga en ejercicios presupuestarios futuros a fin de que tal retorno alcanzase a todos los empleados públicos y no sólo a los que dispusiesen de planes de pensiones o seguros colectivos.

Ambas recomendaciones no han sido estimadas. Disponéis de más documentación sobre esta información en el siguiente enlace

miércoles, 9 de enero de 2013

Bases para selección de varias plazas en el Ayuntamiento de Córdoba

Os informamos que en el BOJA Núm.1, de 2 de enero de 2013, se han publicado las Bases para selección de varias plazas (2 de Coordinador/a de Programas; 1 plaza de Oficial 2ª Cuidador/a; 3 plazas de Auxiliar de Clínica; 5 plazas de Ayundante y 1 plaza de Auxiliar de Biblioteca) en el Ayuntamiento de Córdoba.

Nº DE PLAZAS: 2 / 1 / 3 / 5 / 1

DENOMINACIÓN: Coordinador/a de Programas / Oficial 2ª Cuidador-a / Auxiliar de Clínica / Ayudante / Auxiliar de Biblioteca

GRUPO DE ADSCRIPCIÓN: A2 / A.P / C2 / AP / C2

SISTEMA SELECTIVO: Concurso-oposición libre

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de Convocatoria en el BOE.

Seguiremos informando.
Salu2, compañer@s.

La normativa española sobre cotización de los trabajadores a tiempo parcial es discriminatoria

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de la Unión Europea, de 22 de diciembre de 2012: la normativa española en materia de cotización, a efectos de pensión de jubilación contributiva, de los trabajadores y trabajadoras a tiempo parcial es totalmente discriminatoria con respecto a este colectivo.

La cláusula 4 “Principio de no discriminación”, del Acuerdo Marco sobre el trabajo a tiempo parcial (Directiva 97/81/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1997), establece: “1. Por lo que respecta a las condiciones de empleo, no podrá tratarse a las trabajadoras y trabajadores a tiempo parcial, de una manera menos favorable que aquellos, a tiempo completo comparables por el simple motivo de que trabajen a tiempo parcial, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas. [...]”.

La norma que adolecería de ser discriminatoria es la Disposición Adicional Séptima “Normas aplicables a los trabajadores contratados a tiempo parcial”, del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE nº 154, de 29 de junio de 1994), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, ya que exige un mayor período de cotización al trabajador a tiempo parcial respecto al trabajador a tiempo completo, aún con el factor de corrección que supone el multiplicador 1,5 para acceder a una prestación que ya de por sí es proporcionalmente más reducida.

La anterior Disposición constituye un supuesto de discriminación indirecta, ya que las mujeres son las más perjudicadas una vez más, al ser las principales usuarias de este tipo de contratación (80% aproximadamente)

El Juzgado de lo Social de Barcelona, el cual plantea petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE en el caso controvertido, establece lo siguiente: “La Disposición Adicional Séptima de la LGSS computa exclusivamente las horas trabajadas y no el período de cotización, es decir, los días trabajados, por lo que comporta, a la postre, la doble aplicación – aunque corregida – del principio pro rata temporis, exigiendo proporcionalmente un mayor tiempo de cotización para causar derecho a una pensión de jubilación, la cual será también proporcionalmente reducida, en razón de la parcialidad de la jornada. De ello se exige una mayor carencia de cotización al trabajador a tiempo parcial, en inversa proporción a la reducción de su jornada, para acceder a una pensión que en su importe ya se ve directa y proporcionalmente reducida en razón de la parcialidad de jornada”.

El fallo del Tribunal de Justicia de la UE (Sala Octava) expresa que: “El artículo 4 de la Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la progresiva aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social, debe interpretarse en el sentido de que se opone, en circunstancias como las del litigio principal, a una normativa de un Estado miembro que exige a los trabajadores a tiempo parcial, en su inmensa mayoría mujeres, en comparación con los trabajadores a tiempo completo, un período de cotización proporcionalmente mayor para acceder, en su caso, a una pensión de jubilación contributiva en cuantía proporcionalmente reducida a la parcialidad de su jornada”

martes, 8 de enero de 2013

Plan Anual de Formación de la ESPA para el curso académico 2013

Estimados compañeros y compañeras,
En el BOJA nº 2, de 3 de enero de 2013, se ha publicado mediante RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil, el Plan Anual de Formación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (ESPA) para el curso académico 2013. En el enlace siguiente tenéis la información.

Plan Anual de Formación de la ESPA, 2013

La Junta de Andalucía y el Gobierno Central acuerdan revisar los Ayuntamien​tos Andaluces en situación de "extrema necesidad" económica

Estimados compañeros y compañeras,
El pasado día 27 de diciembre se produjo una reunión entre los representantes de la Junta de Andalucía, el Vicepresidente Diego Valderas y la Consejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, y los del Gobierno Central, el Secretario de Estado de AAPP, Antonio Beteta y el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. Dicha reunión tuvo como objeto abordar el tema de la financiación local.
El Acuerdo pasa por la creación de una Comisión Mixta Estado-Junta, que analizará “a la mayor brevedad posible” la problemática de casi una treintena de Ayuntamientos andaluces, y dentro de ellos “con urgencia” la de los Ayuntamientos de Los Palacios, La Línea de la Concepción, Barbate y Jerez de la Frontera.