Ante un análisis de los conceptos englobados dentro del término "incidencias", se ha establecido lo siguiente:
- Tanto para el personal laboral como para el personal funcionario, se establece como prioritario el cobro de aquellos conceptos que evalúan la penosidad del puesto (turnicidad, rotatividad, festivos, etc.), así como la superior categoría y la dedicación. En reunión posterior se decidirá la importancia de cada uno de ellos, con el fin de marcar un orden de cobro.
- La acción social (ayudas en convenio), las indemnizaciones por razón del servicio (dietas, kilometraje, etc.), y las horas extraordinarias se consideran conceptos secundarios, yendo a continuación de los anteriores.
- No se efectuarán anticipos de nómina hasta tanto en cuanto no quede saldada por completo, si la hubiera, la deuda del mes vencido.
Un saludo,
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